Quejas y sugerencias

Este servicio permite recoger las manifestaciones de los usuarios de nuestros servicios en relación con la falta de satisfacción de sus expectativas o recibir sus propuestas de mejora respecto de la forma en que dichos servicios se prestan.

Queja: exposición de una incidencia, durante la prestación de un servicio por parte del Consorcio, que produce en la persona que reclama la percepción de ineficacia o de actuación inadecuada, y requiere de una respuesta. La queja no tendrá, en ningún caso, la calificación de recurso administrativo ni su interposición paralizará los plazos establecidos en la normativa vigente para la presentación de esos posibles recursos. Esta queja no condiciona, en modo alguno, el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con la normativa reguladora de cada procedimiento, puedan ejercitar los que figuren en él como interesados.

Sugerencia: manifestación o declaración de un ciudadano en la que éste transmite una idea con la que pretende mejorar los servicios que presta el Consorcio o alguno de sus procesos o bien solicita la prestación de un servicio o actuación no previsto o no ofrecido.

Podrá aportar además la documentación que considere necesaria para la tramitación de la solicitud.

Nivel de seguridad trámite: [Medio]

Medios de identificación aceptados para Sede electrónica: [Certificado]

Medios de identificación aceptados para Cl@ve: [Certificado | Credencial Europea | PIN24H]

Medios de identificación aceptados para Giltza: [Certificado | B@K + OTP | Step-up | Cl@ve PIN | Giltz@ Profesional]

Medios de firma aceptados: [Certificado electrónico]

Toda la población en general. En particular, los receptores de los servicios del Consorcio. La relación de servicio de los empleados del Consorcio dispone de sus propios mecanismos de participación y comunicación por lo que este procedimiento no resulta de aplicación para las relaciones laborales.

Aquí puede descargar los modelos normalizados autorellenables para su presentación presencial.

◾Presencial

Presentando la solicitud y documentación en la Oficina de Registro del Consorcio Provincial de Bomberos de València (Avellanas, 14), o en las demás formas que contempla el art. 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

◾A través de la web

Sin certificado electrónico https://www.bombersdv.es/es/contactanos/contacto/

Con certificado electrónico https://sede.bombersdv.es

El plazo de ejecución del presente procedimiento es treinta días hábiles. A la finalización de este plazo se habrá debido de informar al ciudadano sobre las acciones realizadas. Este plazo podrá suspenderse si durante el mismo hubiese que pedir al interesado que, en un plazo de diez días hábiles, formule las aclaraciones necesarias para la correcta tramitación de la queja o sugerencia.

Con carácter general la solicitud podrá presentarse en cualquier momento

Unidad de transparencia

No procede

- Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Ordenanza reguladora del uso de la Administración Electrónica en el Consorcio para el Servicio de Prevención, Extinción de incendios y Salvamento de la provincia de Valencia, de 16 de septiembre de 2015.

- Ley 2/2015, de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana.

- Aquella otra aplicable en función del procedimiento objeto de la solicitud.

No se incluirán en este concepto:

a) Las sugerencias, reclamaciones o quejas que tengan por objeto actividades o servicios que no sean de competencia del Consorcio.

b) Las peticiones que en el marco de las distintas opciones políticas que puedan ejercer los ciudadanos pretendan reformar el sistema de funcionamiento o gestión de los servicios públicos de contenido distinto al establecido.

c) Las solicitudes que pretendan el reconocimiento de un concreto derecho o interés subjetivo a un particular.

d) Los recursos administrativos, esto es la impugnación de actos o disposiciones de los órganos del Consorcio.

e) Las formuladas de forma anónima o aquellas en las que no resulte acreditada la verdadera identidad de quien la presente.

f) Las incidencias, partes, informes actas etcétera efectuadas por los propios servicios del Consorcio.

g) Los incidentes o acciones ocurridos en tiempo o lugar indeterminado.

h) Las solicitudes de información.

i) Las reclamaciones del personal del Consorcio respecto a su particular relación deservicio.

k) Cualquier otra que por su naturaleza o finalidad no tenga por objeto proponer la mejora de los servicios del Consorcio.

Transparencia, Comunicación y Protección de datos

Consorcio Provincial de Bomberos de València (Avellanas, 14).

Horario: De lunes a viernes de 9 a 14 h.

Teléfono: 963469840

Correo electrónico: jcalvillo@bombersdv.es