Solicitud IRPF superior

Este trámite tiene por objeto gestionar las solicitudes de incremento del porcentaje de retención por IRPF en la nómina mensual del solicitante.

El art. 88.5 Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Real Decreto 439/2007) dice: “Los contribuyentes podrán solicitar en cualquier momento de sus correspondientes pagadores la aplicación de tipos de retención superiores a los que resulten de lo previsto en los artículos anteriores, con arreglo a las siguientes normas:

a) La solicitud se realizará por escrito ante los pagadores, quienes vendrán obligados a atender las solicitudes que se les formulen, al menos, con cinco días de antelación a la confección de las correspondientes nóminas.

 b) El nuevo tipo de retención solicitado se aplicará, como mínimo hasta el final del año y, en tanto no renuncie por escrito al citado porcentaje o no solicite un tipo de retención superior, durante los ejercicios sucesivos, salvo que se produzca variación de las circunstancias que determine un tipo superior”.

Nivel de seguridad trámite: [Medio]

Medios de identificación aceptados para Sede electrónica: [Certificado]

Medios de identificación aceptados para Cl@ve: [Certificado | Credencial Europea | PIN24H]

Medios de identificación aceptados para Giltza: [Certificado | B@K + OTP | Step-up | Cl@ve PIN | Giltz@ Profesional]

Medios de firma aceptados: [Certificado electrónico]

Empleadas y empleados públicos del CPBV

Aquí puede descargar los modelos normalizados autorellenables para su presentación presencial.

◾Presencial

Presentando la solicitud y documentación en la Oficina de Registro del Consorcio Provincial de Bomberos de València (Camino de Moncada, 37), o en las demás formas que contempla el art. 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

◾On-line

A través de la sede electrónica.

Se aplicará en la nómina del mes en que se presente a no ser que esté cerrada

Con carácter general la solicitud podrá presentarse en cualquier momento por medios electrónicos o presencialmente.

Unidad de nóminas

No procede

  1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  2. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

  3. Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas

  4. Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Real Decreto 439/2007)

Unidad de Nóminas

Consorcio Provincial de Bomberos de València (Camino de Moncada, 24).

Horario: De lunes a viernes de 9 a 14 h.

Teléfono: 963469853 - 963469851

Correo electrónico: nominas@bombersdv.es