Solicitud de progresión en el Grado de Desarrollo Profesional

La progresión en el sistema de carrera horizontal se efectuará mediante el ascenso consecutivo a cada uno de los Grados de Desarrollo Profesional (GDP)

Para solicitar el ascenso al Grado de Desarrollo Profesional (GDP) superior se requerirá un tiempo mínimo de ejercicio profesional,continuado o interrumpido, en el GDP inmediatamente inferior, asícomo cumplir los requisitos mínimos establecidos.

Será requisito para que el personal pueda solicitar la valoración de los méritos establecidos para el Grado de Desarrollo Profesional (GDP) o Complemento Regulador de Desarrollo Profesional (CRDP) superior, acreditar el tiempo mínimo de permanencia en el grado de desarrollo profesional inmediatamente inferior que, en cada caso, se establece a continuación:

1. GDP- CRDP I: 5 años en el GDP- CRDP de acceso.

2. GDP- CRDP II: 5 años en el GDP- CRDP I.

3. GDP- CRDP III: 5 años en el GDP- CRDP II.

4. GDP- CRDP IV: 5 años en el GDP- CRDP III.

5. GDP- CRDP V: 4 años en el GDP- CRDP IV.

A los efectos de la valoración de los requisitos necesarios para la progresión en el sistema de carrera se establecen las siguientes áreas de valoración:

1. Área A. Actividad formativa.

2. Área B. Consecución de objetivos establecidos por el servicio.

Nivel de seguridad trámite: [Medio]

Medios de identificación aceptados para Sede electrónica: [Certificado]

Medios de identificación aceptados para Cl@ve: [Certificado | Credencial Europea | PIN24H]

Medios de identificación aceptados para Giltza: [Certificado | B@K + OTP | Step-up | Cl@ve PIN | Giltz@ Profesional]

Medios de firma aceptados: [Certificado electrónico]

Empleadas y empleados públicos del CPBV

  1. Decreto de encuadre de GDP o CRDP

Puede encontrar la notificación del Decreto núm. 01238 de la Presidencia-Delegada del Consorcio de fecha 30/12/2020 de "Encuadre del personal en el Grado de Desarrollo Profesional de la carrera horizontal", dentro de la sede electrónica, en el apartado notificaciones de su carpeta ciudadana (Expediente 2020/RHG/S009/00027)

2. Actividad formativa (Cursos y n.º de horas)

3. Consecución de objetivos establecidos por el servicio

Puede encontrar la comunicación de "Cumplimiento de objetivos", dentro de la sede electrónica, en el apartado notificaciones de su carpeta ciudadana (2022/GAP/S275/00276)

Aquí puede descargar los modelos normalizados autorellenables para su presentación presencial.

◾On-line

A través de la sede electrónica.

Con carácter general la solicitud podrá presentarse en cualquier momento por medios electrónicos

Negativo – Desestimatorio. Finalizado el plazo de resolución, sin haberse producido respuesta de la administración la solicitud quedará resuelta de forma no procedente para el solicitante.

Presidencia Delegada

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contenciosoadministrativo, de conformidad con los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo ContenciosoAdministrativo de València

Gestión de Recursos Humanos.

Consorcio Provincial de Bomberos de València (Camino de Moncada, 24).

Horario: De lunes a viernes de 9 a 14 h.

Teléfono: 963469842 - 963469865

Correo electrónico: rrhh@bombersdv.es

Como sujetos obligados a relacionarse de forma electrónica con la Administración, por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas y por el Reglamento de las Relaciones Electrónicas de los empleados y empleadas públicas con el Consorcio, deberán utilizar la sede electrónica.